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Renovación del mecanismo de reintegro parcial del impuesto específico al petróleo: Más costos que beneficios

Esta semana fue ingresado al Congreso el proyecto de ley que tiene por objetivo renovar el mecanismo transitorio de reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diesel para las empresas de transporte de carga.

El proyecto en cuestión, ya aprobado por la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, surge a partir de que el 31 de diciembre de 2018 expiró la vigencia del actual sistema transitorio de reintegro, y tiene como artículo único la extensión del mecanismo hasta el 31 de diciembre de 2022. "Por otro lado, este artículo mantiene los actuales porcentajes de devolución del tributo pagado por concepto de combustible a las empresas de transporte de carga, que parten en 80% para aquellos contribuyentes con ingresos anuales hasta 2.400 UF, y desciende a medida que aumentan los ingresos anuales, llegando a un 31% para ingresos superiores a las 20 mil UF", explica Stefano Bruzzo, investigador del Programa Económico de Libertad y Desarrollo.

El sistema de reintegro de impuestos vigente desde 2013 a partir de la ley N°20.658, y renovado hasta 2018 por la ley N°20.809, funciona de manera que las empresas de transporte de carga (propietarias o arrendatarias con opción de compra de camiones), que utilicen petróleo diesel en camiones, tienen derecho a rebajar de su débito fiscal, por concepto del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Por otro lado, el mecanismo de porcentajes de devolución según el volumen de ingresos anuales reemplazó el que hasta 2013 era un régimen de devolución del 25% de los impuestos pagados.

Cabe destacar que la reintegración de impuesto para las empresas fue una iniciativa surgida a partir del aumento drástico del precio del petróleo en la década pasada, desde aproximadamente 30 usd/barril de petróleo Brent en 2014, a aproximadamente 132 usd/barril en 2008.

"Más allá del beneficio que el mecanismo implica para estos contribuyentes, la renovación del mecanismo implica altos costos para el Estado", señala Bruzzo. De acuerdo con el informe financiero presentado en el mensaje, el impacto del régimen transitorio de evolución de impuestos a una tasa por tramo de ventas implica que para 2017 el Estado deje de recaudar 55.556 millones de pesos (pesos de 2017) en devoluciones. "Esto no sólo es una alta cifra en comparación a un escenario donde no se devuelvan impuestos (es decir, donde el costo fiscal sería nulo), sino que además significa 24.364 millones de menor recaudación adicionales en comparación al escenario en que se aplicara el régimen de devolución antiguo, que devolvía un 25% del IVA recaudado a todas las empresas", asegura el investigador de LyD.

En adición a lo anterior, en el informe se declara que considerando el crecimiento del parque automotriz de los transportistas de carga y el número de sus ventas proyectadas para los próximos años, el total de pérdidas en recaudación fiscal será creciente con el tiempo, como se muestra en la siguiente tabla.

De ambas situaciones se desprende lo mismo: el mecanismo de devolución de impuestos pagados por el petróleo implica un alto costo fiscal, costo que será creciente con los años en caso de aprobarse la extensión de la vigencia del sistema transitorio de recuperación de impuestos. Se evidencia que no solamente se recaudará cada vez menos (Tabla N° 2), sino que, además, el nuevo sistema transitorio de devolución por tramos implica aún mas pérdidas en comparación con el sistema permanente de tasa fija del 25% (Tabla N° 1).

"En suma, la extensión del sistema de devolución de impuestos no presenta un sustento técnico en términos de evaluación de costos para el Estado que lo avale. Por otro lado, si la finalidad fuera corregir distorsiones, esta medida sería más acertada en caso de que el impuesto específico al diesel fuera más alto que el de las gasolinas y no al revés, como ocurre actualmente (6,0 utm/m3 para gasolinas, contra 1,5 utm/mt3 para el petróleo)", asegura Bruzzo.

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