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Investigadoras de LyD expusieron sobre integración social y urbana en Comisión de Vivienda de la Cámara de Diputados

Durante la tarde de ayer,la Subdirectora de Políticas Públicas de Libertad y Desarrollo, Bettina Horst, y la Coordinadora del Programa Legislativo, Pilar Hazbún, expusieron en la Comisión de Vivienda de la Cámara de Diputados por el proyecto de ley ingresado por el Ejecutivo que modifica diversos cuerpos normativos en materia de integración social y urbana.

En términos generales, el proyecto introduce diversas modificaciones con el objeto de poner de relieve el rol que le corresponde al Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU) en materia de planificación y desarrollo urbano y establece que la integración social y urbana debe ser un criterio rector de los instrumentos de planificación territorial. Para ello, entre otras cosas, incorpora a la Ley General de Urbanismo y Construcciones un nuevo párrafo titulado "Zonas de Integración Urbana", donde se contemplarían incentivos normativos para impulsar un acceso planiequitativo a bienes públicos urbanos relevantes, pudiendo corresponder a sectores con adecuados indicadores y estándares de calidad de vida y desarrollo urbano, o bien, a sectores deficitarios que podrían ser revitalizados con ciertas inversiones públicas para impulsar en ellos proyectos de viviendas integradas y el desarrollo urbano de usos mixtos.

En la exposición, Bettina Horst manifestó que no debe perderse de vista que el objetivo central y los mayores esfuerzos, tanto legales como presupuestarios, deben estar centrados en la deuda pendiente que se tiene con un número importante de barrios y comunas en el país. De ahí la relevancia de proyectos tales como la reciente inauguración de la Línea 3 del Metro, mejorando la conectividad de sectores más postergados. Sin embargo, en lo que respecta a las modificaciones sugeridas por el proyecto, Horst planteó a la Comisión una serie de inquietudes respecto a cómo se abordan estos puntos.

En primer lugar, en lo relativo a la facultad que le otorga el proyecto a los SERVIU para concesionar el uso y goce de inmuebles con el fin que se construyan y/o administren viviendas para el subsidio de arriendo, pareciera más adecuado contar primero con mayor información respecto a la implementación y el funcionamiento que han tenido los subsidios de arriendo. Si la crítica es la falta de oferta de viviendas para ejecutar este beneficio, ¿por qué esta nueva norma debiera generar una mayor oferta?

Por otro lado, respecto a la creación e impulso de zonas de integración urbana, el proyecto da una definición muy amplia de lo que debe entenderse por éstas y remite a la Ordenanza precisar los indicadores y estándares, en circunstancias que debiera ser la ley la que defina los criterios objetivos, y luego la Ordenanza, los estándares.

Asimismo, la normativa propuesta radica en el MINVU su establecimiento, pasando por sobre los municipios y regiones, lo cual atenta contra la descentralización en la planificación urbana. Surge, en consecuencia, la legítima duda respecto a qué se entiende por "integración", lo cual abre espacio para negociar caso a caso, sin procedimientos de transparencia y participación ciudadana como lo contemplan hoy los planes reguladores.

Además, respecto a las limitaciones y prohibiciones sugeridas en el proyecto para la enajenación de viviendas adquiridas con programas habitacionales del Estado, en términos generales, éstas le restan movilidad habitacional a los beneficiarios de subsidios y limitan sus posibilidades de vender o comprar la parte más importante de su patrimonio como lo es la vivienda.

Finalmente, la abogada Pilar Hazbun se refirió a cómo se condice lo que propone el proyecto con los demás cuerpos normativos hoy vigentes que se refieren a estas mismas materias, como ocurre, por ejemplo, con la Ley de Financiamiento Urbano Compartido, o la Ley 20.741 que modificó la Ley de Copropiedad,  incorporando en el DFL Nº2 sobre Plan Habitacional que "el Reglamento Especial de Viviendas Integradas establecerá la categoría de "proyectos de viviendas integradas", referidas a proyectos que inducen o colaboran a mejorar los niveles de integración social urbana".  En este sentido, aún cuando se considere que el proyecto ingresado por el Ejecutivo va más allá de estas normas, debe velarse por la debida armonización de estas, de manera que no se preste para duplicidades de algunas materias y confusas interpretaciones. 

VER PRESENTACIÓN SOBRE EL PROYECTO DE LEY BOLETÍN No12.288-14 INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA

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