Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

Sala cuna universal: Una iniciativa positiva aún cuando surgen dudas del mecanismo de su financiamiento

El proyecto de ley que crea el beneficio social de educación parvularia en nivel de sala cuna ingresado por el Ejecutivo al Congreso, busca garantizar que todo hijo de madre trabajadora, hasta los 2 años de edad, tenga derecho a sala cuna a elección del trabajador.

Actualmente, en Chile sólo un grupo de mujeres trabajadoras tiene derecho a servicios de sala cuna, lo que no ha contribuido a mejorar la participación de mujeres en el mercado laboral. En efecto, conforme a la actual legislación, sólo se puede acceder a este beneficio en la medida que se reúna un mínimo de 20 trabajadoras en una empresa. De este modo, el proyecto de ley viene a modificar el actual artículo 203 del Código del Trabajo, que regula dicho beneficio, suprimiendo el límite de trabajadoras y eliminando las discriminaciones y desincentivos a la contratación femenina. Igualmente, se avanza en relación a la cobertura del beneficio, ya que no solo accederán las trabajadoras con contratos regidos por el Código del Trabajo, sino que además podrán acceder trabajadoras independientes, el padre del niño o niña menor de 2 años de edad que tenga el cuidado personal o el trabajador, a quien por sentencia judicial, se le haya confiado el cuidado del menor de 2 años.

En relación al financiamiento del beneficio, los aportes principales provendrán de (i) una cotización, cuyo entero es de cargo del empleador, ascendente al 0,1%, calculado sobre las remuneraciones imponibles de los trabajadores, y (ii) un aporte del Estado, que provendrá de reasignaciones del aporte solidario al Fondo de Seguro de Cesantía, y que ascenderá anualmente a un total de 225.792 UTM. De no ser suficientes estos últimos recursos, el complemento será de cargo fiscal.

En suma, la propuesta del Gobierno contribuye a fomentar la participación laboral femenina, buscando según se indica en los objetivos de la iniciativa, generar mayor productividad y crecimiento. Sin embargo, surgen inquietudes respecto de la forma de financiamiento que se viene proponiendo, su suficiencia y monto y la capacidad real de los eventuales prestadores del servicio. La fórmula de financiamiento propuesto puede sentar un precedente para otras iniciativas lo que puede terminar generando impactos en el mercado laboral y porque los fondos del seguro de cesantía, justamente, están previstos para cubrir situaciones temporales de desempleo, y no para otros fines, de manera que estas cuestiones requerirán un mayor análisis durante la discusión del proyecto.

otras publicaciones