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Honorables querellantes

La Tercera

 

¿Es razonable que un parlamentario pueda presentar querellas en los tribunales? La respuesta es, como siempre en derecho, hay que distinguir. El emblema de los parlamentarios querellantes es Hugo Gutiérrez. Activo abogado e inconfundible rostro por esa frondosa (y envidiable) barba, su carrera ha girado en torno a los tribunales. En los noventa recuerdo haberlo visto en TV presentando querellas en defensa de los familiares de las víctimas de violaciones a los DD.HH. Hoy pareciera seguir en lo mismo… Pero en causas menos nobles. Por ejemplo, se querelló contra el senador Rossi a quien posiblemente intentará desbancar en la próxima elección; y también lo hizo contra el ex Presidente Piñera sobre la base de antecedentes que desecharía un estudiante de derecho penal.

Pero el diputado Gutiérrez solo ha llevado esto al extremo. Antes otros diputados también actuaron como querellantes. La pregunta es si deben seguir haciéndolo.

Desde el principio de nuestra república se ha intentado aislar el ejercicio del cargo de parlamentario con otras funciones públicas. Se busca así evitar la influencia indebida y el conflicto de interés. La principal preocupación ha sido la relación del parlamentario con la administración. Así, la Constitución de 1833 impedía que un diputado ejerciera otra función pública y les prohibía celebrar ciertos contratos con el Estado; la del 25 les prohibió intervenir en gestiones particulares de carácter administrativo; y la del 80, ser directores de banco o de sociedades anónimas y ejercer influencias en conflictos laborales o estudiantiles.

Pero en 1925 las prohibiciones se extendieron también al ámbito judicial. Ese año se estableció que cesaría el parlamentario que actuare como abogado en juicios contra el Fisco. Y luego el 2010 se amplió la prohibición impidiendo que los parlamentarios actúen como abogados en cualquier clase de juicios. Esta última reforma se fundaba, decía la primera Presidenta Bachelet, en “el poder que tiene un congresista respecto de los jueces”.

Es ese mismo poder el que hace aconsejable evitar que los parlamentarios puedan presentar querellas en el futuro, como lo ha planteado recientemente el senador Moreira. ¿Por qué? Para alejar a jueces y fiscales del poder político; evitar usar un mecanismo institucional cargado de consecuencias con fines eminentemente electorales; reducir conflictos de interés y riesgos de llevar a instituciones con una vocación jurídica a la refriega electoral; en fin, evitar esa peligrosa alianza entre políticos y fiscales que (¿es necesario repetirlo?) tanto daño ha hecho ahora último.

Es cierto que nada impide que se use un “palo blanco”. Pero ello nunca le generará al congresista los mismos beneficios que la figuración por actuar a nombre propio. También es cierto que esta regla requiere excepciones (ej. defensa de sus propios intereses).

En definitiva, aprobar una regla como ésta no censurará a Gutiérrez; solo lo llevará a usar las armas que le son propias (las de la política y del legislador) sin degenerar herramientas institucionales que abren espacio a una mayor judicialización de la política y a una más evidente politización de la justicia.

 

Columna de Sebastián Soto, Director del Área Constitucional de Libertad y Desarrollo, publicada en La Tercera.-

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