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Aprobación del Código de Aguas en la Cámara de Diputados

cristi torres lydEl debate previo a la aprobación del Código de Aguas en la Cámara de Diputados dejó de manifiesto el profundo desconocimiento sobre el fondo de esta Reforma.

SI bien el proyecto ingresó vía moción al Congreso, hace cinco años, los dos últimos han sido de intenso debate. Éste fue discutido en las Comisiones de Agricultura, de Recursos Hídricos, y la de Hacienda, en lo pertinente, y esta semana, fue revisado por la Sala de Cámara

Si bien los tiempos señalados, dan cuenta de un largo debate, este no se ha dado con la profundidad necesaria, pues la Reforma modifica radicalmente la concepción que hoy tienen los Derechos de Aprovechamiento de Aguas –DAA–, alterando sustantivamente el derecho de propiedad vigente.

Quienes promueven y celebran esta iniciativa, parecen ignorar que ésta no mejora la gestión de los recursos hídricos, que constituye el efectivo problema que sufre nuestro país. Por el contrario, se atenta contra la necesaria solidez que el derecho de propiedad tiene para el desarrollo de distintas actividades económicas, convencidos que con ello, la escases será solucionada.

Las alarmas no fueron solo fueron encendidas por los Sectores Productivos, desde la Agricultura a la Minería, sino además, por destacados Juristas que hicieron presente los vicios de inconstitucionalidad del Proyecto, por cuanto la reforma en trámite, modifica la esencia del dominio, al alterar dos aspectos claves de la concepción que hoy se tiene de los DAA, primero en cuanto a la temporalidad y segundo, respecto a la supresión de uno de los atributos del dominio, la disposición. Ello, por cuanto como se ha dicho incansablemente al legislador no le está permitido poner condiciones que hagan imposible que sobre las aguas exista un derecho de dominio propiamente tal.

La ideología primó por sobre la necesidad de una discusión técnica, incrementando la incertidumbre que generan los avances en la tramitación de la modificación legal. Hacer oídos sordos a los efectos reales parece crítico, más aun cuando fue el propio Banco Estado quien en la Comisión de Hacienda de la misma Cámara, planteó que esta Reforma afectará el acceso al financiamiento, debido a la importancia de la tasación al momento de garantizar los predios agrícolas, afectando a los agricultores. Es más, se hizo hincapié en la debida claridad que debe existir en el acto de otorgamiento de la concesión y una clara identificación de las causales por las cuales podría limitar el uso de los derechos de aguas.

Se  crea por tanto, un nuevo estándar de DAA donde tendrán que convivir derechos de primera y segunda categoría, el perpetuo y la concesión.El establecimiento de caducidades del derecho en acotados plazos de 4 y 8 años, un claro efecto retroactivo a través del caudal ecológico y la facultad que se le entrega a la DGA para permitirle revisar los DAA ya otorgados de manera tal que si existiere riesgo de afectación del acuífero o fuente superficial de donde se extrae, estos derechos se verían limitados en su uso o suspendidos temporalmente, son válidas aprehensiones que hacen de ésta Reforma, uno de los proyectos más preocupantes que se tramita hoy en el Congreso Nacional.

La demanda para el Senado, donde comenzará nuevamente su discusión es clara, se deben adoptar medidas de forma tal de no generar incertezas normativas que no hacen más que incrementar esta fundada incertidumbre.

Comentario de Cristina Torres, abogada del Programa Legislativo de Libertad y Desarrollo.-

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