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Participación minoritaria y libre competencia

Susana Jiménez S.Durante la tramitación del proyecto de ley de libre competencia se han introducido una serie de indicaciones cuyo efecto no ha sido suficientemente sopesado. Tras incorporar una restricción sin parangón al interlocking, ahora la Comisión de Constitución del Senado aprobó sancionar como conducta contraria a la libre competencia la participación minoritaria (sobre 10%) de un grupo empresarial en el capital de empresas competidoras (concepto que tampoco queda definido). No conocemos legislación en el mundo que establezca una infracción formal como ésta. Es más, la propia Comisionada de Competencia de la Unión Europea, Margrethe Vestager, declaró recientemente que no encontraron méritos para regular bajo el sistema de notificaciones de control de fusiones a las participaciones minoritarias. A esa conclusión llegó luego de un proceso de evaluación de más de dos años de duración, que en ningún caso buscaba prohibir las participaciones minoritarias, sino que establecer un sistema de notificación. A diferencia del proceso europeo, en Chile, los miembros de la Comisión del Senado prohibieron por unanimidad las participaciones minoritarias en empresas competidoras.

Su incorporación a la legislación chilena es contraria al derecho de propiedad y la libertad constitucional de desarrollar actividades económicas y obligaría a desechar operaciones que no solo son legítimas sino que, en la mayoría de los casos, generan un círculo virtuoso de mayor inversión y crecimiento, trasferencia de conocimiento y desarrollo tecnológico. Adicionalmente, surgen múltiples interrogantes sobre lo que ocurrirá con empresas que a la fecha ya tienen participaciones minoritarias, la indemnización de quienes resulten afectados y la situación en que quedarían los inversionistas extranjeros.

 

Carta de Susana Jiménez, Coordinadora de Políticas Públicas de Libertad y Desarrollo, publicada en La Tercera.-

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