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LICITACIONES ELECTRICAS: DÉBIL PUESTA A TIERRA

Diario Financiero

Reproducimos la columna de la Economista Senior de LyD, Susana Jiménez, publicada en Diario Financiero.

A gran velocidad avanza en el Congreso el proyecto de ley que modifica el sistema de licitaciones de suministro eléctrico para clientes regulados. Esto podría ser una buena noticia dependiendo de la ley que finalmente se apruebe, puesto que el proyecto presentado amerita una serie de perfeccionamientos para alcanzar los objetivos buscados. De ello dependerá que se logren destrabar las inversiones en generación eléctrica y se reduzcan los precios que pagarán los hogares y comercio e industrias pequeñas en los años venideros.

El proyecto de ley contiene aspectos positivos, como anticipar el proceso de licitación, ajustar los bloques a licitar por distintos plazos, incorporar cláusulas de postergación o cancelación de suministro frente a eventos no controlables y permitir la revisión de precios ante cambios relevantes en los costos. También era necesario buscar soluciones para el traspaso de excedentes y los retiros sin contrato, aunque las propuestas no fueran las más adecuadas. Por su parte, hay una serie de otros aspectos que ameritan una revisión profunda y consecuente reformulación.

En primer lugar, se otorga un rol excesivo al Estado que se hace cargo del sistema de licitaciones, lo significa que los costos de los errores de la autoridad serán asumidos por los consumidores. Se le entrega además un amplio espacio de discrecionalidad, con el riesgo de privilegiar objetivos distintos al de garantizar el menor precio posible a los consumidores regulados. Lo deseable sería que el proceso de licitación fuera gestionado por una agencia independiente que diera garantías de un proceso técnico-económico aislado del ciclo político y los intereses particulares. En su defecto, de permanecer las atribuciones en el Estado, resulta fundamental establecer en la ley el objetivo a lograr y las atribuciones específicas que tendría la autoridad. Se requiere además balancear estas atribuciones con una contraparte que permita resolver las discrepancias en aspectos técnicos, rol que podría cumplir el Panel de Expertos.

Otro aspecto que genera inquietud es el tratamiento que se daría a los suministros sin contrato. Se trata de una asignación forzosa de energía a un precio regulado, lo que significa que las generadoras deberán ajustar su nivel de contratación ante la posibilidad que se le asigne una obligación no contemplada. Esto se verá reflejado en los precios ofertados y generará un desincentivo a la entrada de nuevos actores, situación que se vería agravada de ampliarse el universo de clientes regulados. Dado que la existencia de retiros sin contrato debiera ser una situación excepcional, lo razonable sería reconocerle a los generadores el costo de oportunidad de esa energía, es decir, remunerarla por costo marginal.

Hay otros aspectos que también debieran ser revisados para evitar una mayor incertidumbre, como la posibilidad de que la evaluación de las ofertas pueda considerar criterios distintos al mínimo costo, las condiciones de traspaso de excedentes y la estabilidad de los precios ofertados. Solo despejando estos temas se podrá atraer nueva inversión y cumplir la meta comprometida de reducción de costos de la energía.

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