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¿Qué implica la declaración de un estado de catástrofe?

A raíz de la declaración de estado de catástrofe por parte de la Presidenta de la República, para las provincias de Cardenal Caro y Colchagua y las comunas de Vichuquén, Cauquenes, Licantén, Hualañé y Bulnes, producto de los voraces incendios forestales que han afectado estas localidades, es importante recordar las implicancias que conlleva el establecimiento de dicho estado de excepción constitucional y cuáles son las atribuciones especiales que se otorgan a la autoridad.

La Constitución en su artículo 39° establece que el ejercicio de los derechos y garantías que la Constitución asegura a todas las personas sólo puede ser afectado bajo las siguientes situaciones de excepción: guerra externa o interna, conmoción interior, emergencia y calamidad pública, cuando afecten gravemente el normal desenvolvimiento de las instituciones del Estado. Luego, en los artículos siguientes se señalan los cuatro tipos de estados de excepción existentes: asamblea, emergencia, sitio y catástrofe.

Durante la vigencia de los decretos que establecen el periodo de excepción constitucional, y tal como lo permite su nombre, es posible restringir el goce de derechos constitucionalmente consagrados a todos los habitantes del territorio nacional, tales como el derecho de propiedad, libre tránsito o la libertad de reunión.

"La declaración de los estados de excepción constitucional es una facultad privativa del Presidente de la República, sin perjuicio de la ratificación que para algunos de estos estados, deba de realizar el Congreso Nacional (asamblea, sitio), el deber de informar de las medidas adoptadas al Congreso (catástrofe), o de la reclamación general que permiten los recursos jurisdiccionales correspondientes, derivadas de las afectaciones que se pudieren producir por el ejercicio de las facultades asociadas a los estados de excepción", explica Francisco López, Coordinador del Programa Legislativo de Libertad y Desarrollo.

La ley 18415 señala que a la luz de la declaración de los estados de excepción, se suspende una garantía constitucional cuando temporalmente se impide del todo su ejercicio durante la vigencia de un estado de excepción constitucional, y se restringe una cuando, durante la vigencia de un estado de excepción, se limita su ejercicio en el fondo o en la forma.

Estado de Catástrofe

El estado de catástrofe procede en los casos de calamidad pública y se realiza sobre la zona afectada por la misma. Una vez declarado el estado de catástrofe, las zonas respectivas quedarán bajo la dependencia inmediata del Jefe de la Defensa Nacional que designe el Presidente de la República. Este asumirá la dirección y supervigilancia de su jurisdicción con las atribuciones y deberes que la ley señale.

"La declaración de catástrofe permite al Presidente de la República restringir las libertades de locomoción y reunión, disponer la requisición de bienes, establecer limitaciones al ejercicio de derecho de propiedad y adoptar las medidas administrativas extraordinarias que sean necesarias para el restablecimiento de la normalidad", asegura el abogado.

Una vez declarado el estado de catástrofe, el jefe de la Defensa Nacional que se designe tendrá las siguientes atribuciones:

  • Asumir el mando de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública que se encuentren en la zona declarada en estado de emergencia.
  • Controlar la entrada y salida de la zona declarada en estado de emergencia y el tránsito en ella.
  • Dictar medidas para la protección de las obras de arte[1] y de los servicios de utilidad pública, centros mineros, industriales y otros.
  • Ordenar el acopio, almacenamiento o formación de reservas de alimentos, artículos y mercancías que se precisen para la atención y subsistencia de la población en la zona y controlar la entrada y salida de tales bienes.
  • Determinar la distribución o utilización gratuita u onerosa de los bienes referidos para el mantenimiento y subsistencia de la población de la zona afectada.
  • Establecer condiciones para la celebración de reuniones en lugares de uso público.
  • Impartir directamente instrucciones a todos los funcionarios del Estado, de sus empresas o de las municipalidades que se encuentren en la zona, con el exclusivo propósito de subsanar los efectos de la calamidad pública.
  • Difundir por los medios de comunicación social las informaciones necesarias para dar tranquilidad a la población.
  • Dictar las directrices e instrucciones necesarias para el mantenimiento del orden en la zona.

La declaración del estado de catástrofe se puede realizar por un máximo de noventa días, plazo que es prorrogable si subsisten las circunstancias que lo motivan; sin embargo el Congreso puede dejarla sin efecto transcurridos ciento ochenta días desde la declaración. Cabe destacar que las medidas que se adopten durante los estados de excepción en ningún caso podrán prolongarse más allá de la vigencia de dichos estados.

"Es importante no confundir los estados de excepción constitucional, con otras declaraciones que la autoridad puede realizar, como por ejemplo la que realizó el Indap al declarar la misma zona como de emergencia agrícola, o las de emergencia sanitaria o ambiental, que pueden declarar las autoridades competentes en casos calificados, dentro del ámbito administrativo de su competencia", dice López.

La declaración del estado constitucional de catástrofe, debe ser vista como un mecanismo excepcional para que la autoridad pueda reaccionar de manera rápida, eficiente y directa ante situaciones complejas para el país y la población, tales como terremotos, inundaciones, o incendios como los que hemos visto en los últimos días.


[1]  Se refiere a ductos de agua y otras obras para la habilitación de caminos.

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