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Se aprobó un nuevo gravamen a las viviendas: el impuesto CAVAL

La primera semana de enero del 2018 terminó su trámite legislativo el proyecto de ley sobre transparencia de la planificación urbana e impuesto por aumento de valores de suelo[1], conocido como el impuesto CAVAL. Actualmente, sólo se está a la espera de su publicación en el Diario Oficial. “Esta iniciativa genera un nuevo gravamen a las viviendas y nuevas etapas en los procesos de modificación de los instrumentos de planificación territorial (IPT) que si no están bien implementados pueden generar nuevas trabas”, asegura la investigadora del Programa Social de Libertad y Desarrollo, Paulina Henoch.

Esta normativa se inspira en el caso CAVAL y el informe del “Consejo Asesor Presidencial contra los Conflictos de Interés, el Tráfico de Influencias y la Corrupción”, realizado el año 2015 por la Comisión Engel.

Los cambios más importantes de esta iniciativa son que se plantean dos medidas que permiten al Estado capturar una mayor parte de las ganancias asociadas a los cambios de límite urbano; reavalúos adicionales[2] y un nuevo impuesto a la renta a las ganancias de capital, fijando un nuevo impuesto de 10% sobre “la parte del mayor valor obtenido” a las enajenaciones de bienes raíces “en zonas incluidas en un proceso de ampliación del límite urbano”.

El proyecto de ley también aumenta las instancias de participación ciudadana en los IPT, generando un procedimiento en que la ciudadanía puede aportar y la autoridad se hace cargo de las observaciones, procesos que si no están bien implementados, no solo puede generar mayores plazos en la modificación de los IPT, sino generaría una barrera adicional a actualizarlos. Además, el proyecto pone plazo para el pronunciamiento del Concejo Comunal a los Planes Reguladores Comunales (PRC), cuando actualmente no hay plazo. Adicionalmente, crea el Observatorio del Mercado del Suelo que busca ser un portal que informe, entre otros indicadores, sobre cuál es la evolución de los precios de los bienes raíces a partir de la información del Servicio de Impuestos Internos (SII). También se incorporaron unos artículos que declaran vigentes los incentivos normativos en planes reguladores comunales e intercomunales y contiene ciertas normas para normar las zonas que no cuenten con IPT vigente.

En suma, el proyecto de ley inspirado en el caso CAVAL constituye un nuevo gravamen al desarrollo de las ciudades y modifica significativamente el proceso de actualización de los instrumentos de planificación territorial”.Solucionando de forma engorrosa los problemas de tráfico de influencias que existen en torno a las modificaciones en los planes reguladores, pero ¿no habría sido mejor evaluar modernizar y flexibilizar los mecanismos de actualización de los planes reguladores, de manera de no generar cambios abruptos en los precios de las propiedades?”, se cuestiona Henoch.


[1] Proyecto de ley sobre transparencia de la planificación urbana e impuesto por aumento de valores de suelo. Boletín N° 10163-14, ingresado 30.06.2015.

[2] Modifica DFL 1, Hacienda, 1998, Impuesto Territorial. Reevalúo plazo máximo 6 meses desde promulgación de nuevo límite urbano, a cobrar desde semestre anterior.

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