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A la espera del Presupuesto 2018

Cada año, a fines del mes de septiembre, se espera la presentación del Presupuesto del Sector Público para el año siguiente. Se trata de un Proyecto de Ley que tiene particularidades en su tramitación, la que como máximo puede durar sesenta días contados desde su presentación al Congreso Nacional.

Es importante tener presente que de acuerdo a las normas que rigen la Administración Financiera del Estado, el Presupuesto del Sector Público consiste en una “estimación financiera de los ingresos y gastos de este sector para un año dado, compatibilizando los recursos disponibles con el logro de metas y objetivos previamente establecidos”. El ejercicio presupuestario coincide con el año calendario, y por ello las cuentas de cada año quedan cerradas al 31 de diciembre, y a partir del 1 de enero del año siguiente, no podrá efectuarse pago alguno sino con cargo al presupuesto vigente.

Una vez ingresado a trámite legislativo, su discusión radica en una comisión llamada Especial Mixta de Presupuestos, la que está integrada por 13 Senadores e igual número de Diputados. Primero, dicha comisión divide su trabajo en 5 Subcomisiones que analizan las Partidas Presupuestarias, para luego, en su conjunto la Comisión completa las debate y vota nuevamente. Más tarde el Proyecto de Ley es discutido en la Sala de la Cámara de Diputados y en el Senado.

Cabe hacer presente que si el Congreso no despachare el proyecto dentro del plazo señalado precedentemente, rige el Mensaje presentado por el Presidente de la República. Así, el presupuesto deberá quedar totalmente tramitado a más tardar el 1° de diciembre del año anterior a su vigencia.  Durante el mes de diciembre, la Dirección de Presupuestos -organismo técnico encargado de proponer la asignación de los recursos financieros del Estado- dictará las normas para la ejecución presupuestaria del año siguiente, las que podrán ser ampliadas o modificadas, por resolución fundada, durante el ejercicio presupuestario. A la Contraloría General de la República le corresponde fiscalizar el debido ingreso e inversión de los fondos del Fisco.

El primer gran hito de la tramitación corresponde a la presentación que hace el Ministro de Hacienda ante el Congreso del Estado de la Hacienda Pública, y que se trata de una descripción del escenario económico, de las medidas impulsadas desde el Gobierno y del estado general del erario nacional. Tal como señala la publicación anual que hace dicha Cartera de Estado, “la presentación del Estado de la Hacienda Pública al Congreso es un compromiso asumido por los Ministros de Hacienda, tradición que se remonta en la historia al período de organización de la República. En 1929, se promulgó la Ley N° 4.520 que creó la Dirección de Presupuestos y estableció la obligación del Ministerio de Hacienda de presentar una exposición sobre el Estado de la Hacienda Pública junto al envío del proyecto de Ley de Presupuestos”.

Junto con ello, el Director de Presupuestos tiene la obligación legal de presentar y enviar un Informe sobre Finanzas Públicas, que incluirá una síntesis del programa financiero de mediano plazo, en forma previa a la tramitación en la Comisión Especial Mixta del proyecto de Ley de Presupuestos.

La discusión concretamente en el Congreso se hace a través de la presentación por los Ministros, Subsecretarios y Jefes de Servicio de las distintas Partidas Presupuestarias, las que corresponden al “Nivel superior de agrupación asignada a la Presidencia de la República, al Congreso Nacional, al Poder Judicial, a la Contraloría General de la República, al Ministerio Público, a cada uno de los diversos Ministerios y a la Partida "Tesoro Público" que contiene la estimación de ingresos del Fisco y de los gastos y aportes de cargo fiscal”.

Un rol relevante lo cumplen las glosas presupuestarias, presentes en las Partidas, Capítulos y Programas, y que tiene por fin acotar, precisar y regular el gasto establecido en las asignaciones. Se trata de una norma que tiene rango de ley y es donde se presenta el mayor debate. Al efecto, éstas pueden establecer la dotación de personal de un Servicio, el número de vehículos asociado a este mismo, así que la modalidad a través de la cual se ejecutarán los recursos, entre otros. Un aspecto importante son las  glosas que contemplan la obligación de informar el destino y ejecución de los recursos públicos.

Finalmente cabe hacer presente que el debate se efectúa a través de la presentación de indicaciones, que son aquellas proposiciones que hace el Presidente de la República o los Parlamentarios, durante la tramitación de un Proyecto de Ley, y que tienen por fin adicionar, sustituir o suprimir parte de una iniciativa. Ahora bien, dentro de las atribuciones que el Congreso Nacional tiene en la discusión del Presupuesto,  éste sólo puede reducir los gastos contenidos en el proyecto de Ley de Presupuestos, salvo los que estén establecidos por ley permanente, pero no puede aumentar ni disminuir la estimación de los ingresos.

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