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Gobierno Corporativo de Enap

Ayer martes, la Cámara de Diputados aprobó en primer trámite el proyecto de ley que modifica el gobierno corporativo de Enap. El texto aprobado establece una conformación de 7 miembros del directorio, 2 designados directamente por el Presidente de la República, 4 designados en base a propuestas de la Alta Dirección Pública (ADP) y uno elegido por los trabajadores de la empresa.

En el proyecto original se establecía una composición distinta, donde el Presidente de la República podía nominar 3 de los 7 directores y definir las características y criterios de la Alta Dirección Pública (ADP) para nominar y luego elegir a los 3 siguientes, más un director laboral. Ello ciertamente no daba garantías de autonomía a la gestión de ENAP.

Lo que se planteó desde Libertad y Desarrollo (y se presentó ante la Comisión de Energía y Minería de la Cámara de Diputados) fue que sería razonable encontrar una fórmula objetiva para designar a los directores que diera cuenta no solo de la idoneidad técnica y profesional de ellos, sino de su independencia respecto del gobierno de turno para maximizar el valor de la empresa que es de todos los chilenos. En este contexto, se propuso mantener los 7 directores, dejando al menos a 4 directores nominados por el Presidente, de a pares, a partir de ternas elaboradas por la ADP, con el voto de al menos 4 de sus 5 miembros. Estos 4 directores debían tener prioridad para integrar el Comité de Directores.

Lo alcanzado en esta materia constituye al menos un avance en la dirección propuesta, puesto que se elevó de 3 a 4 los directores designados en base a la propuesta de la ADP. Los directores durarán en sus cargos 4 años, renovándose de a pares, lo cual resulta razonable.

Menos positivo es el haber mantenido la nominación de un director en representación de los trabajadores. El mensaje del proyecto justificó esta incorporación debido “no solo a la necesidad de representación de los trabajadores en esta instancia decisiva sino, también, en la necesidad de poner en conocimiento de este órgano temas relevantes que los trabajadores, por su conocimiento y experiencia, pueden abordar desde una mirada constructiva y diferente”. Sin embargo, este rol lo pueden cumplir los trabajadores sin necesidad de estar representados en el Directorio, por ejemplo, a través de su participación en consejos asesores y otras instancias diseñadas para tales efectos.

El Directorio, en cambio, debe representar el interés de los accionistas de la empresa (interés social), en este caso, todos los chilenos, y no solo de una parte de los stakeholders como son los trabajadores. Ello inevitablemente llevaría a defender intereses propios, que no siempre se alinean con los de la empresa como un todo. Por lo demás, la presencia de un actor con atribuciones más políticas que técnicas conlleva un riesgo de cogestión en la ENAP, lo que no contribuye a un buen gobierno corporativo.

Pese a lo anterior, se rescata que al menos el Director Laboral sea nombrado por los trabajadores, y no solo a propuesta exclusiva de las federaciones de trabajadores y los sindicatos de trabajadores de ENAP, como en algún momento se propuso en la tramitación del proyecto. Esto, por cuanto, a la luz del fallo del Tribunal Constitucional a propósito de la Reforma Laboral, se estableció que el derecho recae sobre los trabajadores como personas y no en las organizaciones que los representan, por lo cual la composición del Directorio propuesta durante la tramitación vulneraba el fallo del Tribunal.

Un último factor discutible en cuanto a la conformación del Directorio es la incorporación durante el primer trámite legislativo de políticas de género para la designación de los directores propuestos por el Presidente de la República. Parece siempre más razonable que primen los criterios técnicos por sobre este tipo de promociones y, de haber políticas de diversidad, debiera privilegiarse más bien una composición multidisciplinaria del directorio.

Comentario de Susana Jiménez, Coordinadora de Políticas Públicas y Cristina Torres, abogada del Programa Legislativo de Libertad y Desarrollo.-

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