Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

Estudio de LyD detecta cuatro problemas severos del proyecto de carrera docente

educacion profesorEl proyecto de ley de Carrera Docente es percibido, en términos generales por la opinión pública, como un buen proyecto, e incluso como “el único” que vendría a contribuir en términos del mejoramiento de la calidad de la educación. Sin embargo –y más allá del detalle del proyecto en las materias específicas que éste aborda- hay una serie de defectos graves en cuanto al mecanismo de aplicación y la disponibilidad de recursos, que no han salido a la discusión pública, pero que nos generan una gran preocupación por el dañino impacto que podrían provocar.

 

  1. Sistema 100% CENTRALIZADO en el Ministerio de Educación (MINEDUC)

El proyecto de ley centraliza en el MINEDUC el Sistema de Inducción de nuevos docentes, así como la Carrera Docente propiamente tal, y de esta forma se omite información importante sobre la adaptación del docente y sus relaciones en el contexto específico de la escuela, su desempeño diario, y el impacto de éste en los aprendizajes de sus alumnos. Difícilmente se podrá medir correctamente el desempeño de un docente en cada rincón del país a través de un único instrumento estandarizado como lo que propone este proyecto de ley.

Pero eso no es todo; al entregar al MINEDUC el monopolio de la evaluación del 91% de los docentes del país[i], se le entrega simultáneamente un gran poder de presión al Colegio de Profesores. Si el año 2015 los alumnos del sector municipal se vieron afectados por 57 días de paralización de clases, existiría un riesgo patente de que esta práctica se extienda también a todo el sistema subvencionado y de administración delegada, afectando así al 93% de la matrícula total.

 

  1. NO se explicita la ENTREGA DE NUEVOS RECURSOS para costear las nuevas asignaciones

El nuevo Sistema de Tramos establece que de los 5 tramos posibles, los 3 superiores se financiarán con aportes directos del Fisco. Sin embargo, el sostenedor (municipal y particular subvencionado) deberá financiar desde sus arcas, sin recibir más recursos para ello, la bonificación por tramo correspondiente al nivel Inicial y Temprano. ¿De dónde sacarán dichos recursos?

En el caso de los establecimientos municipales, una parte de esta asignación podrá financiarse con recursos de la subvención que se liberan con la reducción a la mitad de otra asignación que se financia vía subvención, la por Experiencia. Sin embargo, hay un remanente para el cual no se estaría explicitando un mecanismo de entrega de recursos, y que llegaría a más de $ 15 mil millones anuales.

En el caso del sector Particular Subvencionado, además de la bonificación por tramo, se obliga al sostenedor a que comience a pagar la Asignación por Experiencia que hoy ya existe en el sector Municipal, y que el proyecto la extiende a los Particulares Subvencionados. Así, entre ambas nuevas asignaciones, estimamos que los sostenedores Particulares Subvencionados deberán financiar un mayor gasto del orden de $ 210 mil millones anuales.

En total, entre sostenedores Particulares Subvencionados y Municipales deberán costear un mayor gasto permanente de $ 225 mil millones anuales que el proyecto de ley no contempla ni asegura, y que fácilmente podrían transformarse en una nueva deuda histórica.

 

  1. DISCRIMINACIÓN hacia docentes del sector Particular Subvencionado

educacioonEl proyecto de ley establece que los docentes de establecimientos Particulares Subvencionados que quieran acceder al incremento en sus remuneraciones producto de las nuevas asignaciones que se crean, sólo podrán hacerlo a partir del año 2019, y sujeto a la disponibilidad de cupos hasta el 2025. Los docentes municipales, en cambio, ingresarán inmediatamente una vez promulgada la ley.

De esta forma, las nuevas asignaciones no estarán disponibles para todos los profesores en el mismo momento, produciéndose una inequidad en el aporte del Estado. Especialmente grave resulta el caso de la Bonificación de Reconocimiento Profesional (BRP), que el proyecto establece su incremento desde los actuales $ 82 mil a $ 304 mil mensuales, los que serán entregados por el Fisco, pero a partir de momentos distintos según el tipo de establecimiento en el que ejerza el docente.

  1. SIN ESPACIO para la NEGOCIACIÓN COLECTIVA

Dado que los docentes del sector Particular Subvencionado se rigen por el Código del Trabajo, éstos tienen la posibilidad de negociar con su empleador nuevas condiciones y mejoramientos en sus remuneraciones. Sin embargo, las nuevas asignaciones obligatorias que establece el proyecto de ley no dejan espacio para la negociación colectiva en el sector privado, pues no hay margen para pagos extra. Más aún, estas nuevas asignaciones (de tramo y experiencia) deberán ser reajustadas en la misma oportunidad que las remuneraciones del sector público, por lo que eso resta aún más espacio para que el sostenedor particular subvencionado pueda asumir nuevos gastos, especialmente si recordamos que en los próximos años  deberá –producto de la Ley 20.845 (lucro, selección, copago)- comenzar a prescindir del financiamiento compartido, a destinar parte de la subvención a adquirir el inmueble en que funciona el establecimiento, y que deberá también seguir cumpliendo los compromisos contraídos hasta ahora con recursos de la subvención.

 


 

[i] Docentes de establecimientos municipales, particulares subvencionados y liceos de administración delegada, dejando fuera sólo a aquéllos de colegios particulares pagados.

otras publicaciones