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TC EN MOMENTOS DE CAMBIO

La Tercera

REPRODUCIMOS LA COLUMNA DE JOSÉ FRANCISCO GARCÍA, COORDINADOR DE POLÍTICAS PÚBLICAS DE LYD, PUBLICADA EN LA TERCERA.

En los próximos meses el Tribunal Constitucional (TC) experimentará algunos cambios relevantes en su funcionamiento ordinario. Hacia finales de agosto la ministra Peña dejará la presidencia del órgano –la que ejerció por el breve periodo de un año–, para quedar en manos del ministro Carmona por igual periodo, en un precedente controversial –acuerdo del pleno del TC de  dividir un periodo ordinario de presidencia de dos años entre dos ministros–. Asimismo, en enero del próximo año, dejarán sus cargos los ministros Vodanovic y Bertelsen (designación del Senado) y en agosto del próximo año, abandona su cargo el ministro Fernández (designación por la Corte Suprema).

Para ningún especialista es difícil clasificar en abstracto la sensibilidad jurídico-política de los actuales diez ministros que conforman el TC. Basta ver sus filiaciones anteriores en cargos de naturaleza política, el proceso de nombramiento o sus publicaciones como académicos para concluir que la tradición liberal-conservadora cuenta con cinco ministros y la tradición progresista los otros cinco. Así, es previsible entonces que al ministro Bertelsen lo reemplace un ministro conservador y al ministro Vodanovic uno progresista. Difícilmente la Corte Suprema sorprenderá con un reemplazo conservador o liberal al ministro Fernández que es progresista.

Es importante señalar eso sí, que se trata de tradiciones jurídico-políticas, no de militancias partisanas. Me parece una distinción fundamental dado que alrededor del 85% de los casos ingresados anualmente (en 2013 el  89% de los 220 ingresos) son inaplicabilidades, esto es, litigación gatillada principalmente por particulares que buscan que se declare inaplicable por inconstitucional un precepto legal en su caso concreto ante el juez de fondo civil, penal, laboral, etc. La escasa evidencia existente muestra que la regla general es encontrar votos cruzados entre ministros que provienen de distintas sensibilidades jurídico-políticas. Los “casos difíciles”, de contenido ideológico que potencian los alineamientos, son menos frecuentes en este ámbito, aunque existen.

Los alineamientos de ambas tradiciones suelen presentarse con mayor intensidad en sede de control preventivo obligatorio (típicamente respecto de leyes orgánicas constitucionales) y eventual (típicamente por requerimiento parlamentario). En 2013, solamente un 7% de los ingresos al TC se produjo en el primero, y un 2% en el segundo.  Pero ni siquiera en estos casos, es posible observar como regla empates 5-5 que deban ser zanjados sistemáticamente por el Presidente de turno –de ahí, en abstracto, la importancia del voto dirimente del Presidente en sede de control preventivo, regla que no existe en el caso de las inaplicabilidades–. Ello se debe a la existencia de algunos ministros “moderados” al interior de ambos bloques.

Existen opiniones encontradas entre los constitucionalistas respecto de si el TC ha sido o no una tercera cámara legislativa, un órgano censor de la mayoría legislativa, como resultado de los alineamientos de sus miembros. Los escasos estudios con evidencia ayudan en esto. Con todo, son pocos los que cuestionan la existencia misma del Tribunal, y en la línea de las reformas constitucionales en discusión, parece haber consenso en la poca eficacia del control preventivo obligatorio, y de que, en materia de nombramientos, la política esté sobre la mesa y no en la opacidad, y que existan procesos transparentes y exigentes de escrutinio de las credenciales de los candidatos a tan alta magistratura.

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