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Y AHORA ¿QUIÉN NOS PROTEGE DEL SERNAC?

A continuación reproducimos la columna de Rodrigo Delaveau, Director del Programa Legislativo y Constitucional, publicada en El Dínamo:

Mediante el oficio enviado a determinados centros comerciales, el Sernac nos sorprende una vez más en su afán por “proteger” al consumidor  y termina por perjudicarlo. Dicho actuar es de cuidado, tanto por razones normativas como prácticas.

Desde un punto de vista jurídico, el análisis es –a lo menos- muy discutible: su postura radica en que la Ley General de Urbanismo y Construcciones señala que los locales comerciales tienen la obligación de contar con estacionamientos en número suficiente para ejercer su actividad, lo cual parece razonable. Pero de ahí a desprender que no se puede cobrar por ellos, es francamente doblar la norma hasta quebrarla. Ello, porque la Constitución reconoce el derecho a ejercer una actividad económica, salvo que esté prohibida por el ordenamiento jurídico, lo que no es el caso. Luego, aduce que existen varios fallos de tribunales que confirmarían que los estacionamientos son parte del servicio principal de la empresa, que actúan como “un factor de atracción para los clientes que les asegura un acceso fluido y cómodo a los locales comerciales”, lo cual es cierto, pero no tiene nada que ver con se le asigne un valor por su utilización, menos si es un bien escaso y el cliente está dispuesto a pagar por ese servicio. Finalmente, el Sernac cita dictámenes de la Contraloría en que se “deduciría” que estos establecimientos sólo podrían cobrar a quienes no son sus clientes, pero como bien sabrá cualquier abogado, los dictámenes de la Contraloría son sólo vinculantes para los órganos de la Administración y no para los particulares.

Más allá de estas rebuscadas teorías jurídicas, lo que deslumbra del oficio es la falta de claridad sobre las consecuencias prácticas de esta postura: como se sabe, ésta actividad comercial no es –afortunadamente- monopólica. La comuna no designa a un único prestador de estos servicios dentro de su territorio y por ello existen varios centros comerciales. Al existir alternativas, existe competencia y seremos los clientes quienes optemos por uno u otro local.

Por otro lado, si existe un bien escaso –como serían los estacionamientos- existen fundamentalmente tres alternativas: A) Cobrar por él, y así permitir que utilicen el estacionamiento quienes más lo valoran, disuadiendo a los que lo utilicen con otros fines. Se incluye en este tipo el pago de estacionamiento “contra boleta” por sobre un determinado consumo, ya que el valor del estacionamiento se traspasará como precio del producto adquirido;  B) No cobrar por él y tolerar como consumidor que ellos se saturen, perjudicando a los verdaderos clientes que pretenden hacer uso del estacionamiento para sus compras en el local; o C) Construir más estacionamientos, evento en el cual será necesario financiar esta obra cobrándole más a los locales, quienes a su vez lo traspasarán como precio a sus clientes, pero con la injusticia que deberán pagar ese precio tanto los consumidores que utilizaron el estacionamiento como aquellos que prefirieron otro medio de transporte como la micro o incluso quienes vinieron caminando.

La postura del Sernac nos lleva forzosamente a las alternativas B) y C). O bien quiere que se saturen los escasos estacionamientos disponibles (y darle pase libre para que otros que utilicen el estacionamiento para fines que no sea comprar en el local); o bien pretende que los clientes que no utilizan el automóvil financien los estacionamientos de los automovilistas, ¡incluso a los que no compren en el mall! En todos los casos, el perjudicado es el consumidor. Aun así, existen muchas formulas intermedias, como liberar un número acotado de estacionamientos contra boleta de compra y cobrar en el resto con una tarificación cuyo precio que crece exponencialmente, sin alterar los derechos de quienes ejercen una actividad legítima.  La gracia de la competencia es que precisamente entrega la decisión a los consumidores y no a la burocracia. El oficio del Sernac constituye un ejemplo emblemático de querer regular a espaldas de la realidad con el pretexto -ficticio o verdadero- de proteger, pero donde los cuidados del sacristán terminan por matar al señor cura.

El mercado nos ofrece alternativas: hay centros comerciales que cobran y otros que no. Basta darse una vuelta por ellos para entender que muchos consumidores estamos dispuestos a pagar por un estacionamiento con tal de recibir una serie de beneficios que nos ofrecen estos centros comerciales. Si alguien no quiere cobrar, bienvenido sea y nosotros lo preferiremos como consumidores (si es que eso es relevante para nuestra decisión). Que esto irrite a un órgano del Estado no puede ser excusa para forzar argumentos jurídicos que permitan hacer prevalecer una postura cuestionable, y menos para ignorar las consecuencias económicas –y también legales- del proceder de un órgano público. Incluso el populismo tiene límites. Y ahora ¿Quién nos protege del protector?

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