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PROYECTO DE LEY DE ROTULACION DE ALIMENTOS: QUÉ, CUÁNTO, CUÁNDO Y DÓNDE COMER

Rodrigo Delaveau, director del Programa Legislativo de LyD, asegura que en la meta de proteger la salud de la población y el pánico colectivo,  se puede llevar a la aprobación de leyes que significan mayores problemas y que pueden llevarnos peligrosamente hacia un Estado de Policía, que llega a tomar decisiones pro las personas en ámbitos propios de su responsabilidad individual y que no necesariamente evitarán los peligros llamados a resolver.

Tal es el caso del Proyecto de Ley de “sobre composición nutricional de los alimentos y su publicidad” que esta semana se vota en la Sala del Senado, y que a pesar de presentarse como un proyecto que busca establecer reglas mínimas para la producción, distribución, comercialización y consumo de productos alimenticios, termina estableciendo obligaciones y prohibiciones que parecen sacadas de una novela de ciencia ficción, alguna de las cuales están al borde del delirio regulador.

De los Aditivos: El proyecto establece que no podrán adicionarse a los alimentos ni comidas preparadas ingredientes o aditivos que puedan inducir a una impresión errónea respecto de la composición de los alimentos signifiquen o no daños a la salud, y que el Ministerio de Salud, establecerá por reglamento los porcentajes máximos de aditivos que puedan tener los alimentos.

Al respecto, debemos señalar en primer lugar que esta norma no sólo atenta contra la libertad de quienes ejercen legítimamente una actividad económica, sino que también en contra de los propios consumidores, para quienes dichos elementos hace más agradable la alimentación diaria.

Educación alimenticia y física: El texto obliga además, que los establecimientos educacionales –incluso de educación superior- deberán incluir, contenidos sobre hábitos de una alimentación saludable e incluir al menos tres “bloques” semanales de actividad física, aún cuando no exista la infraestructura ni los medios para realizarla. Esta disposición no sólo afecta el derecho de libertad de enseñanza, sino que al incluir nuevas horas de clases nos vemos frente a la disyuntiva de aumentar la jornada escolar o eliminar clases de otros ramos.

Alimentos “altos en… ”.: Señala también el proyecto que el Minsal tendrá la obligación de establecer aquellos alimentos que tengan elevados contenidos de calorías, grasas, azúcares, sal u otros ingredientes, los que deberán ser rotulados como “alto en sal”, “alto en calorías”, y así, según sea el caso.

¿A que llevará este sistema de rotulación? A acentuar el problema de nutrición de la  población, promoviéndose un consumo menos responsable, ya que las personas se contentarán con consumir productos sin etiquetado “alto en”, sin revisar el detalle de su contenido nutricional, cuestión que puede ser perjudicial para la salud. Si un adolescente consume sólo productos no rotulados como “dañinos”, se le causaría un problema de nutrición inadecuada.

Prohibición de venta: Más grave aún es que el proyecto establece que todos aquellos productos “altos en” no podrán venderse ni promocionarse en establecimientos educacionales de cualquier nivel y modalidad, lo que abarca incluso a los centros de educación superior, es decir, a pesar que un mayor de dieciocho años puede votar, conducir, beber alcohol, fumar, tener instrucción militar, e incluso acceso a la píldora del día después, no sería capaz de comprar un chocolate en el recreo.

Prohibición de Publicidad: Además de la prohibición de venta, se prohíbe su entrega gratuita a menores de 14 años así como la publicidad dirigidos a ellos e incluso más, su publicidad por medios masivos sólo podrá hacerse en horario nocturno, además de la total prohibición de “ganchos comerciales” como regalos, concursos, juegos u otros atractivos.

Lo anterior nos lleva a situaciones francamente ridículas: ¿una promotora de chocolates deberá pedir carné antes de dar una muestra gratis en un supermercado? ¿Qué sucede si la muestra gratis la toma el padre y se la da al hijo? Dificultades que tendrán que solucionar caso a caso los inspectores encubiertos del Ministerio de Salud para sancionar en forma ejemplar a los culpables.

Si hoy son los alimentos, ¿Qué otras decisiones podrá tomar por nosotros el Estado el día de mañana? El Estado avanza y el individuo retrocede, y eso atenta directamente contra la primacía de la persona humana consagrada en nuestra Constitución.

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